Detenciones y allanamientos
Defensa penal en allanamientos por delitos informáticos.La pericia define la causa.
¿Allanaron tu domicilio y secuestraron tus dispositivos? ¿Te citaron a declarar en una causa informática?
Estas causas tramitan ante el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires.
Consulta reservada · Respondemos en el díaVer trayectoria
- Intervención inmediata ante allanamientos y detenciones
- 25 años dentro del Poder Judicial
- Formación en Derecho Penal (UBA)
- Litigación en todas las áreas penales · delitos económicos y complejos

Primeros pasos
Qué hacer ahora.
Antes de hablar de la causa con nadie, estos cuatro puntos te protegen. Valen incluso si al final no nos contratás.
No declares sin tu abogado
Tenés derecho a negarte a declarar y esa negativa no puede usarse en tu contra.
Pedí ver la orden de allanamiento
Anotá qué juzgado o fiscalía la firmó y exigí copia del acta con el detalle de todo lo que se secuestró.
No entregues tus claves si la orden no lo dispone
El acceso al contenido de un dispositivo tiene requisitos propios. Entregar contraseñas fuera de ese marco cede una discusión que después no se recupera.
No uses ni borres nada de lo que quedó en tu poder
Eliminar información después de un allanamiento constituye un hecho nuevo. Dejá los equipos como están y consultá antes de tocarlos.
Tu situación
Esto es para vos si…
Si tu caso no aparece acá, escribinos igual: te decimos si es nuestra materia o te orientamos a quién corresponde.
- Allanaron tu domicilio y secuestraron computadoras, teléfonos o discos
- Te citaron a declarar en una causa por delitos informáticos
- Te notificaron una imputación a partir del reporte de una plataforma o de un proveedor de internet
- Te vinculan a una causa por el uso de una conexión o de un dispositivo compartido

El estudio en números
Hechos, no promesas.
La abogacía es profesión de medios, no de resultados. Lo que sí se puede mostrar es alcance y dedicación.
- Trayectoria
- Fueros
- Materias
Años dentro del Poder Judicial antes de ejercer la defensa.
Federal, Nacional, Provincia de Buenos Aires y CABA.
Áreas del derecho penal con dedicación especial.
Cómo trabajamos
Cómo sigue tu causa.
Ningún abogado serio puede anticiparte un resultado. Lo que sí podemos decirte con precisión es qué hace la defensa en cada etapa.
Allanamiento y secuestro
Revisamos la orden, su fundamento y si el procedimiento respetó los límites que fijó el juez sobre qué se podía secuestrar.
Intimación del hecho
Preparamos tu declaración ante la fiscalía o el ejercicio del derecho a negarte.
Pericia informática
Controlamos la pericia sobre los dispositivos: cadena de custodia, método de copia forense y alcance de lo que efectivamente se examina. Es la etapa decisiva en estas causas.
Juicio
Planteamos nulidades y excepciones y ejercemos la defensa en la etapa oral.
Materias
Litigamos en todas las áreas del derecho penal.
Intervengo en cualquier causa penal, ante la justicia federal, nacional y de la Ciudad. El estudio tiene, además, una formación y una dedicación específicas en delitos económicos, financieros y complejos, donde la estrategia y el manejo de la prueba definen el resultado.
Estas son algunas de las materias en las que intervengo con especial dedicación:
- Código Aduanero · Ley 22.415Todo el país
- Régimen Penal Tributario · Ley 27.430Todo el país
- Estupefacientes · Ley 23.737Todo el país
- Lavado de activos · Arts. 303 y 304 CPTodo el país
- Trata de personas · Ley 26.364Todo el país
- Juego clandestino · Art. 301 bis CPCABA + GBA
- Delitos informáticos · Ley 26.388CABA + GBAEstás acá
- Estafas y defraudaciones · Arts. 172 a 175 CPCABA + GBA
- Homicidio y lesiones · Arts. 79 a 94 CPCABA + GBA
- Delitos contra la integridad sexual · Arts. 119 a 133 CPCABA + GBA
- Violencia familiar · Ley 26.485 y Código PenalCABA + GBA

Código Aduanero · Ley 22.415
Foto: H. Zell · CC BY-SA 3.0
Ciberdelitos (art. 128)

Quién te va a atender
Dr. Maximiliano Gervasi
Me formé en Derecho Penal en la Universidad de Buenos Aires y trabajé veinticinco años dentro del Poder Judicial. Esa experiencia es la que me permite saber, desde el primer minuto, qué hay que hacer en una causa. Litigo en todas las áreas del derecho penal, con dedicación específica en delitos económicos, financieros y complejos.
- Formación en Derecho Penal, Universidad de Buenos Aires
- 25 años dentro del Poder Judicial
- Litigación en todas las áreas del derecho penal
- Dedicación específica en delitos económicos, financieros y complejos
- Actuación ante el fuero federal, nacional y de la Ciudad de Buenos Aires
Publicaciones
Autor de trabajos de doctrina en derecho penal, entre ellos un artículo sobre encubrimiento de contrabando publicado en la revista jurídica El Derecho.
Preguntas frecuentes
Lo que necesitás saber antes de declarar.
Si tu duda no está acá, escribinos: responderla no compromete a nada.
¿Se puede ejercer la defensa en una causa de este tipo?
Sí. La defensa en juicio es una garantía constitucional que alcanza a toda persona imputada, sin importar el delito que se le atribuya. Ejercerla no supone ninguna toma de posición sobre los hechos: supone que el proceso se controle y que la prueba se discuta.
Me secuestraron los dispositivos. ¿Los recupero?
Depende de la etapa de la causa y de si la fiscalía terminó la pericia. Se puede pedir la devolución de los equipos que no son objeto de la investigación y una copia de la información personal que contienen. Es un pedido que se hace por escrito y se resuelve caso por caso.
¿Atienden si vivo fuera de la Ciudad de Buenos Aires?
Sí. Estas causas tramitan ante la justicia de la Ciudad, pero es habitual que la persona imputada viva en el Gran Buenos Aires o en otra provincia. Lo que define dónde se litiga es la causa, no tu domicilio.
¿Cómo se calculan los honorarios?
Dependen de la etapa en la que está la causa, de su complejidad y de la cantidad de personas imputadas. Los conversamos en la primera reunión y quedan por escrito antes de asumir la defensa.
¿La consulta es confidencial?
Sí. Todo lo que nos cuentes está amparado por el secreto profesional, que obliga al abogado por ley y cuya violación es delito (art. 156 del Código Penal). Rige desde la primera consulta, contrates o no al estudio.
Consulta
Hablemos de tu causa.
Respondemos en el día. La consulta es reservada y no te compromete a nada.
Tu consulta está protegida
Todo lo que nos cuentes está amparado por el secreto profesional. Es una obligación que la ley le impone al abogado y cuya violación constituye delito (art. 156 del Código Penal). Rige desde la primera consulta, contrates o no al estudio.
