Exclusión del hogar y restricciones
Asistencia ante denuncias por violencia familiar.Las medidas tienen plazos cortos.
¿Te notificaron una denuncia? ¿Te excluyeron del hogar o te dictaron una restricción de acercamiento?
Intervenimos ante la Justicia de la Ciudad y la justicia nacional, y ante el fuero de familia cuando corresponde.
Consulta reservada · Respondemos en el díaVer trayectoria
- Intervención inmediata ante allanamientos y detenciones
- 25 años dentro del Poder Judicial
- Formación en Derecho Penal (UBA)
- Litigación en todas las áreas penales · delitos económicos y complejos

Primeros pasos
Qué hacer ahora.
Antes de hablar de la causa con nadie, estos cuatro puntos te protegen. Valen incluso si al final no nos contratás.
Cumplí la medida al pie de la letra
Aunque la consideres injusta y aunque la vivienda esté a tu nombre. Incumplir una restricción configura desobediencia (art. 239 CP) y abre una causa penal nueva que se suma a la primera. Es el error más caro y el más común.
No contactes a la persona denunciante
Ni por mensajes, ni por redes, ni a través de familiares o amigos. Todo contacto queda registrado y se incorpora al expediente.
Anotá el juzgado y el número de expediente
Están en la cédula de notificación. Con esos datos un abogado puede tomar vista y pedir la audiencia que la ley prevé.
Reuní tu prueba sin editarla
Mensajes, correos, documentación y datos de testigos. Guardá las conversaciones completas: un extracto recortado pierde valor probatorio y se nota.
Tu situación
Esto es para vos si…
Si tu caso no aparece acá, escribinos igual: te decimos si es nuestra materia o te orientamos a quién corresponde.
- Te notificaron una denuncia por violencia familiar
- Te dictaron una exclusión del hogar
- Tenés una restricción de acercamiento vigente
- Dejaste de ver a tus hijos a partir de la denuncia
- Te imputaron desobediencia por incumplir una medida
- Sostenés que la denuncia no se corresponde con lo ocurrido

El estudio en números
Hechos, no promesas.
La abogacía es profesión de medios, no de resultados. Lo que sí se puede mostrar es alcance y dedicación.
- Trayectoria
- Fueros
- Materias
Años dentro del Poder Judicial antes de ejercer la defensa.
Federal, Nacional, Provincia de Buenos Aires y CABA.
Áreas del derecho penal con dedicación especial.
Cómo trabajamos
Cómo sigue tu causa.
Ningún abogado serio puede anticiparte un resultado. Lo que sí podemos decirte con precisión es qué hace la defensa en cada etapa.
Medidas cautelares
Se dictan sin escuchar a la persona denunciada, que es lo que la ley prevé. Lo primero es presentarse, tomar vista del expediente y pedir la audiencia correspondiente.
Descargo
Preparamos tu presentación con la prueba ordenada y la cronología documentada.
Prueba
Ofrecemos prueba documental y testimonial, y controlamos los informes de los equipos interdisciplinarios que intervienen.
Revisión de las medidas
Pedimos el cese, la morigeración o la fijación de un régimen de contacto cuando hay elementos para sostenerlo.
Materias
Litigamos en todas las áreas del derecho penal.
Intervengo en cualquier causa penal, ante la justicia federal, nacional y de la Ciudad. El estudio tiene, además, una formación y una dedicación específicas en delitos económicos, financieros y complejos, donde la estrategia y el manejo de la prueba definen el resultado.
Estas son algunas de las materias en las que intervengo con especial dedicación:
- Código Aduanero · Ley 22.415Todo el país
- Régimen Penal Tributario · Ley 27.430Todo el país
- Estupefacientes · Ley 23.737Todo el país
- Lavado de activos · Arts. 303 y 304 CPTodo el país
- Trata de personas · Ley 26.364Todo el país
- Juego clandestino · Art. 301 bis CPCABA + GBA
- Delitos informáticos · Ley 26.388CABA + GBA
- Estafas y defraudaciones · Arts. 172 a 175 CPCABA + GBA
- Homicidio y lesiones · Arts. 79 a 94 CPCABA + GBA
- Delitos contra la integridad sexual · Arts. 119 a 133 CPCABA + GBA
- Violencia familiar · Ley 26.485 y Código PenalCABA + GBAEstás acá

Código Aduanero · Ley 22.415
Foto: H. Zell · CC BY-SA 3.0
Violencia familiar

Quién te va a atender
Dr. Maximiliano Gervasi
Me formé en Derecho Penal en la Universidad de Buenos Aires y trabajé veinticinco años dentro del Poder Judicial. Esa experiencia es la que me permite saber, desde el primer minuto, qué hay que hacer en una causa. Litigo en todas las áreas del derecho penal, con dedicación específica en delitos económicos, financieros y complejos.
- Formación en Derecho Penal, Universidad de Buenos Aires
- 25 años dentro del Poder Judicial
- Litigación en todas las áreas del derecho penal
- Dedicación específica en delitos económicos, financieros y complejos
- Actuación ante el fuero federal, nacional y de la Ciudad de Buenos Aires
Publicaciones
Autor de trabajos de doctrina en derecho penal, entre ellos un artículo sobre encubrimiento de contrabando publicado en la revista jurídica El Derecho.
Preguntas frecuentes
Lo que necesitás saber antes de declarar.
Si tu duda no está acá, escribinos: responderla no compromete a nada.
Me excluyeron de mi casa. ¿Puedo entrar a buscar mis cosas?
No por cuenta propia, aunque la vivienda esté a tu nombre o la alquiles vos. Entrar sin autorización configura desobediencia y agrava tu situación. El camino es pedir por escrito el retiro de efectos personales, que suele autorizarse con acompañamiento policial.
¿Puedo seguir viendo a mis hijos?
El régimen de contacto se resuelve en el fuero de familia y no queda automáticamente suspendido por la medida penal, aunque en los hechos muchas veces se interrumpe. Es un pedido que se hace por escrito y se resuelve según el caso.
¿Cuánto duran estas medidas?
Se dictan por un plazo determinado y son prorrogables. Por eso importa presentarse temprano: si nadie las discute, se renuevan sin que haya habido nunca una audiencia donde escucharte.
¿Se puede ejercer la defensa en una causa de este tipo?
Sí. La defensa en juicio es una garantía constitucional que alcanza a toda persona imputada, sin importar el delito que se le atribuya. Ejercerla no supone ninguna toma de posición sobre los hechos: supone que el proceso se controle y que la prueba se discuta.
¿Atienden si vivo fuera de la Ciudad de Buenos Aires?
Sí. Estas causas tramitan ante la justicia de la Ciudad, pero es habitual que la persona imputada viva en el Gran Buenos Aires o en otra provincia. Lo que define dónde se litiga es la causa, no tu domicilio.
¿Cómo se calculan los honorarios?
Dependen de la etapa en la que está la causa, de su complejidad y de la cantidad de personas imputadas. Los conversamos en la primera reunión y quedan por escrito antes de asumir la defensa.
¿La consulta es confidencial?
Sí. Todo lo que nos cuentes está amparado por el secreto profesional, que obliga al abogado por ley y cuya violación es delito (art. 156 del Código Penal). Rige desde la primera consulta, contrates o no al estudio.
Consulta
Hablemos de tu causa.
Respondemos en el día. La consulta es reservada y no te compromete a nada.
Tu consulta está protegida
Todo lo que nos cuentes está amparado por el secreto profesional. Es una obligación que la ley le impone al abogado y cuya violación constituye delito (art. 156 del Código Penal). Rige desde la primera consulta, contrates o no al estudio.
